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Normatividad

RDRS N°D144-2025-GR.CAJ/DREM

6 de Octubre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – Se dispone INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR los administrados Compañía Minera Río Dorado S.A.C.S con RUC N° 20612139599, Carlos Arnaldo Alvarado Castillo con DNI N° 16659519, por encontrarse realizando actividades mineras sin contar con la certificación ambiental correspondiente (minería ilegal) y no se encuentran inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera- REINFO, y a la Empresa Amazónica Pele & Venus E.I.R.L con RUC N° 20479912344, en la unidad fiscalizable ubicada en la coordenada UTM WGS84, Zona 17S E: 743082 N: 9398999, E: 743082 N:9398999, ubicado y en el distrito de Chirinos, provincia de San Ignacio y departamento de Cajamarca, por no tener autorización de realizar trabajos en área no declarada en el REINFO e infringir las obligaciones contenidas en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, conforme lo establecido mediante Informe Técnico N° D10-2025-GR.CAJ-DREM/SACF e Informe Técnico N° D43-2025-GR.CAJ-DREM/OMPG y sus respectivo anexos.